LICENCIA DE APERTURA
(ACTIVIDADES INOCUAS, no incluidas en el ANEXO V de la ley 5/2002)

Código:

Unidad:

OAC

Datos de la ficha

Creado por:

José Ramon Bergasa y Pilar Llorente (Servicios Técnicos)

Aprobado por:

Fecha efectividad:

José Ramon Bergasa y Pilar Llorente (Servicios Técnicos)

Nivel de versión:

01

Documento al que sustituye:

Ninguno

Características básicas

Definición / Descripción del trámite:

Licencia de apertura para pequeño comercio.

¿Quién puede solicitarlo?

Toda persona física, mayor de edad y/o menor de edad emancipado.
En caso de ser persona jurídica, mediante su representante legal.

¿Cuándo se puede solicitar?

Previo al inicio de la apertura de la actividad al público.

¿Dónde se puede solicitar?

OAC:
C/Las Pozas, núm. 14
Tel. 941 18 00 32
Horario: Lunes a viernes - 9:00 h. a 14:00 h

 

Telemáticamente rellenando el siguiente formulario:

Documentación a aportar:

De carácter obligatorio:

- Solicitud Licencia Apertura (actividades inocuas).
- Copia del N.I.F.
- Copia del Alta en el I.A.E.
- Proyecto o Memoria descriptiva valorada, plano de las instalaciones proyectadas, de distribución y de alzado de la fachada, redactado por técnico y visado.
- Certificación técnica del cumplimiento en el local del Código Técnico de la Edificación DB-SI SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO y del cumplimiento del Reglamento de Accesibilidad y de la Ordenanza de ruidos.

 

¿Quién resuelve?

Alcaldía

 

Indicadores de resolución

Plazo de resolución:

1 mes

Silencio administrativo:

Tiempo de respuesta (estimado):

1 mes

Impuestos, tasas y/o precios públicos:

Precio:

Actividades inocuas.- 176,17 ¤ por licencia
Cambio de titularidad continuando con la misma actividad.- 175,57 ¤
Variación o ampliación de actividad a desarrollar en establecimiento sujeto, así como ampliación del local.- 50 por 100 de las cuotas anteriores.
Otras Licencias de Apertura según legislación aplicable: 175,57 ¤

¿Cuándo se liquida?

A la concesión de la licencia.

Exenciones, bonificaciones y reducciones de la cuota:

No se concederá exención ni bonificación alguna en la exacción de la tasa.

Ordenanza fiscal de aplicación:

Ord: Núm. 4 Tasa por licencia de apertura de establecimientos

Legislación aplicable

Legislación estatal:

- Ley 5/2002, de 8 de octubre, de Protección del Medio Ambiente en la Rioja.

Legislación autonómica:

Ordenanza reguladora:

Ord:
- Ordenanza de tramitación Título III del PGM Alfaro 2003.

otros
 

Servicio / Sección responsable:

Urbanismo

Trámites relacionados:

Autorización previa

Licencia de Ocupación vía pública por obras

Observaciones:

Actividades

Orden

Acción

1

Recepción de la solicitud y documentación relacionada

2

Comprobación de la documentación

3

Cumplimentación del formulario en E-ATIENDE

4

Traslado del expediente al Área de Urbanismo

Tramitación

Orden

Acción

Cargo de referencia

1

Presentación de la solicitud de licencia de apertura para actividades inocuas

OAC

2

Apertura del expediente

Adm. Urbanismo

3

Cerrar la solicitud en la plataforma de solicitudes E-PLATAFORMA

Adm. Urbanismo

4

Información pública (20 días)

Adm. Urbanismo

5

Informe Técnico

Arquitecto

6

En su caso, oficio de requerimiento de subsanación de deficiencias

Adm. Urbanismo

7

Nuevo Informe Técnico

Arquitecto

8

Informe de Intervención

Adm. Intervención

9

Decreto de Alcaldía

Adm. Urbanismo

10

Notificación del acuerdo adoptado

Adm. Urbanismo

11

Fin expediente

Adm. Urbanismo

estadisticas
 

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